Seniat podrá embargar bienes sin llegar a los tribunales
El ente tributario tomará los activos de las empresas declaradas en quiebra y sin liquidez
Caracas. Evely Orta
La reforma del Código Orgánico Tributario, aprobada vía habilitante, permitirá al Seniat realizar cobros ejecutivos sin llevar el caso a un tribunal, en los casos de incumplimiento o evasión.
Así lo explicó el superintendente del Seniat, José David Cabello, al señalar que “cuando una empresa nos diga que está declarada en quiebra y no tiene liquidez para pagar, pero tiene bienes, ya no tenemos que ir a tribunal, sino que la administración tributaria con la figura de un árbitro o un perito evalúa el costo de ese activo y pasa a manos del fisco para ser subastado o destinado de acuerdo con los intereses del Estado”.
Cabello, durante la rueda de prensa que ofreció junto al Vicepresidente del Área Económica, Rodolfo Marco Torres, dijo que se elevó la multa a los contribuyentes especiales que incumplan con las especificaciones del Código Orgánico Tributario a 200% de lo que dejaron de pagar o de la sanción ocasionada.
Con relación a la Ley del Impuesto Sobre la Renta, la reforma elimina este ajuste por inflación a las instituciones financieras es decir, bancos, seguros, reaseguradoras, entre otros, que tendrá una incidencia cercana a 0.31% del Producto Interno Bruto (PIB).
En cuanto a lo relacionado al ISLR es la eliminación de exenciones para las cooperativas, asociaciones y fundaciones, Cabello aseguró, que varias de estas cooperativas se desvirtuaron e hicieron grandes contratos, pero se ampararon en esta figura para evadir el pago del tributo correspondiente a sus ganancias. Entre estas organizaciones se encuentran algunas universidades privadas.
Respecto al Impuesto a las Bebidas Alcohólicas, se hizo un ajuste de la alícuota del vino y otras bebidas alcohólicas, sin incluir la cerveza de entre 15 y 35%.