BCV fijó tasas de interés a deudas laborales y tarjetas de crédito
En Gaceta Oficial, El Banco Central de Venezuela estableció en 18,83% la tasa de interés
Evely Orta
El Banco Central de Venezuela (BCV) acordó las tasas de interés aplicables para el pago de deudas laborales, tarjetas de créditos y a los créditos al sector turismo. Estas tasas de interés están en vigencia tras su publicación en la Gaceta Oficial número 40.724, de fecha 14 de agosto de 2015, que circuló este lunes.
En Gaceta Oficial, el BCV estableció en 18,83% la tasa de interés aplicable a obligaciones derivadas de la relación de trabajo relacionadas con mora en el pago de salario, las prestaciones sociales e indemnizaciones.
Asimismo, colocó en 17,38% la tasa promedio entre la activa y la pasiva sobre las obligaciones derivadas a la relación del trabajo.
Estas obligaciones laborales generan intereses que son calculados a la tasa activa determinada por el BCV, tomando como referencia los seis principales bancos del país.
De acuerdo con el aviso del Banco Central, la tasa de interés activa máxima anual aplicada por las instituciones bancarias a la realización de operaciones con tarjeta de crédito se estipula en 29%.
Por su parte, las tasas de interés activa máxima anual aplicada por las instituciones bancarias para la realización de operaciones con tarjeta de crédito, y que regirá en agosto, se mantiene en 29% y la mínima en 17%, mientras que para las obligaciones morosas por este concepto se sumará 3% adicional.
El aviso del BCV establece que la tasa de interés máxima preferencial destinada a los créditos otorgados por la banca pública y privada al sector turismo se ubica en 9,74%.