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“Oposición no puede pisar el peine que lleve al presidente a disolver la AN”

“Oposición no puede pisar el peine que lleve al presidente a disolver la AN”

El ex constituyente y catedrático de la universidad Santa María, Elías López Portillo afirma que si el oficialismo intenta impedir la instalación de la AN el 5 de enero, estaría propiciando un golpe de Estado al colocarse de espaldas a la voluntad popular

Niurka Franco

Si tal y como se rumora, oficialistas radicales, impulsados por algunos funcionarios, entre ellos Tareck El Aissami, gobernador de Aragua, intentasen impedir la instalación de la nueva  Asamblea Nacional el próximo 5 de Enero, estarían propiciando un golpe de Estado, porque ello implicaría desconocer la voluntad popular expresada mayoritariamente el 6D.

Esta es la percepción de Elías López Portillo, exfundador del MVR, ex Constituyente y profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Santa María, quien advierte que una acción semejante, podría acarrear un conflicto con consecuencias impredecibles.

No obstante, el catedrático está convencido de que todo cuanto está  sucediendo, es  la reacción propia de un gobiernoque concentraba  todo el poder y que ahora se siente despechado, no solo por haber perdido el control del Legislativo, sino además porque  tiene pendiendo sobre su cabeza como  una espada de Damocles, la amenaza del referéndum revocatorio al presidente Nicolás Maduro, cuyo período llega a la mitad el próximo mes de Abril y la Constitución expresa que cumplida la la mitad del período, se puede convocar el revocatorio.

“Eso que tiene el gobierno es puro despecho, porque lo que recibió fue un golpemuy duro,  hay que entenderlo, pero creo que de ahí no pasará, porque independientemente de las circunstancias, el PSUV sigue siendo una fuerza política importante, aun con el revés electoral”, dijo tras adelantar que oposición y oficialismo necesariamente tendrán que dialogar y trabajar por el país, dada la grave crisis que atraviesa.

La Ley de Aministía: el coco?

Al referirse a la tan mentada Ley de Amnistía,  que figura entre las prioridades del nuevo cuerpo legislativo, peroque el Jefe de Estado ha dicho que no aprobará, el especialista en Derecho Constitucional afirma que el Presidente no puede actuar en contra de la Constitución Nacional y que en ella están claramente definidas tanto sus  funciones, como las de la Asamblea Nacional.

Advierte que si la AN remite al Ejecutivo una Ley de Amnistía o cualquier otra  para su firma y éste la objeta, tendrá que justificar dicha objeción porque así lo establece claramente la Carta Magna y devolverla al Legislativopara su revisión.

En caso de que se alegue la inconstitucionalidad, entonces el instrumento deberá  ser sometido a consideración del TSJ el cualharía las consideraciones a que hubiere lugar,  debidamente s por  

Amnistía qué es y para qué

En su cuenta de Facebook  López Portillo señala que se trata de una medida mediante la cual el Estado renuncia a su potestad penal de perseguir y sancionar al delincuente, atendiendo generalmente a razones de índole política orientadas a conseguir el apaciguamiento o el restablecimiento de la paz política.

Se trata pues de una potestad exclusiva del poder Legislativo (Asamblea Nacional ) y siempre es una medida de carácter colectivo, es decir, que se aplica a grupos de individuos. La amnistía anula la acción penal y la pena, surtiendo sus efectos jurídicos antes, durante y después del proceso penal. Los individuos amnistiados quedan sin antecedentes criminales, policiales y judiciales.

 La Constitución Nacional establece esa potestad a la Asamblea Nacional en su Art. 187 numeral  5: " Decretar Amnistía ". La establece sin limitación alguna, ni la circunscribe o condiciona a determinado tipo de delito, porque los denominados delitos político sociales se encuentran muchas veces conectados directa o indirectamente a la comisión de delitos comunes. La amnistía es una causa extintiva del delito a la que no puede renunciase y surte sus efectos jurídicos desde el día en que entra en vigencia siendo su aplicación de oficio por el juez que conoce de la causa o a solicitud de parte interesada no pudiendo en ningún caso dejar de aplicarla el juez ni alguna otra autoridad por muy elevada que sea su jerarquía.

Refiere que la historia está nutrida de ejemplos y mencionaque en 1969, el presidente Caldera  aplicó la Ley de Amnistía, como una forma de profundizar la política de pacificación, lo cual ayudó a la reconciliación y a crear un clima de tranquilidad. Muchos comunistas y dirigentes de izquierda entonces, se incorporaron  a la vida política del país, entre ellos Teodoro Petkoff, Pompeyo Márquez, Freddy  Muyñoz,  Anselmo Natale, entre muchos otros.

Cuidado con pisar el peine

López Portillo instó a la oposición a dar un ejemplo de humildad y tolerancia, a demostrar que el cambio es profundo, que se acabó la hegemonía  y que la AN podrá volver a ser un escenario para la discusión civilizada y el diálogo.

Ante rumores acerca de la designación del segundo a bordo del Gobierno, Diosdado Cabello, como vicepresidente, dijo que es necesario estar ojo avizor, porque en  Venezuela el jefe de Estado tiene la potestad de disolver la Asamblea Nacional, pero  únicamente si ésta destituye consecutivamente a tres vicepresidentes, precisó el experto constitucionalista.

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