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MCM solicita ante la CIDH protección de los venezolanos en el exterior para que puedan votar

MCM solicita ante la CIDH protección de los venezolanos en el exterior para que puedan votar

La Coordinadora Nacional de Vente Venezuela insta a este órgano a “declarar, existentes y en pleno rigor, los derechos políticos de los venezolanos que se encuentran como migrantes y refugiados, involuntaria y forzadamente, fuera del territorio venezolano”

Redacción

María Corina Machado solicitó este viernes a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el reconocimiento formal del derecho político de los venezolanos ubicados en el exterior, para que puedan votar y participar en actos y hechos vinculados al destino de la nación venezolana. Esto, a través del sufragio, consultas o acciones proselitistas de cualquier tipo, no importa dónde se encuentren.

A través de un documento, la Coordinadora Nacional de Vente Venezuela insta a este órgano a “declarar, existentes y en pleno rigor, los derechos políticos de los venezolanos que se encuentran como migrantes y refugiados, involuntaria y forzadamente, fuera del territorio venezolano”.

Al día de hoy, sólo 101 mil 600 venezolanos están inscritos y habilitados para sufragar, de los casi 5 millones que podrían hacerlo, si el Consejo Nacional Electoral (CNE) habilitara el proceso de reconocer la nueva ubicación residencial que ellos poseen en el exterior.

Por eso, la solicitud de María Corina insiste en la necesidad de que estos ciudadanos venezolanos puedan participar, aunque no estén en Venezuela, en eventos como una elección de cargos públicos, referendos, revocatoria de mandado, iniciativas legislativas y, en general, en cualquier otro proceso electoral, de consultas o de similar naturaleza para la asunción de cargos o temas desarrollados por quienes ejerzan, de hecho o de derecho, funciones de gobierno en Venezuela.

Eso incluye todos aquellos actos “que guarden relación con el destino político, social, económico o de cualquier otra naturaleza de la nación venezolana, tal como el que representa la escogencia o elección de una nueva dirigencia opositora que formalmente, en conjunción con los ciudadanos, dentro y fuera del territorio venezolano, establezca las estrategias políticas para desalojar del poder nacional a quien lo usurpa desde el día 10 de enero del año 2019”.

De acuerdo con la dirigente, esta elección del nuevo liderazgo opositor por vías electorales no debe contar con la participación de órganos y funcionarios ligados al régimen ni al sistema corrupto y criminal, y debe trazar una estrategia política ciudadana de lucha en todos los frentes internos, nacionales e internacionales.

Además, el documento de protección cautelar llama a impulsar, mediante exhortos y mandatos dirigidos a los Estados democráticos con mayor cantidad de venezolanos migrantes y refugiados, mecanismos de participación civil que viabilicen progresivamente los derechos políticos que tienen todos los ciudadanos que se encuentran en el exterior. Así, conjuntamente organizado con la sociedad civil, estos ciudadanos podrían “votar por una nueva dirigencia que los represente dignamente y decidir sobre el futuro político inmediato de Venezuela”.

Para lograr esto, la líder opositora llama a considerar el asesoramiento de órganos internacionales especializados en el tratamiento de migrantes y refugiados, así como en materia electoral, tales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR); el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL) o el equipo electoral de la Organización de los Estados Americanos (OEA).

La solicitud recurre a la autoridad de la CIDH para otorgar medidas cautelares de protección a los derechos humanos de naturaleza política de todos los venezolanos en el exterior, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, numerales 2 y 3 y 28, del Reglamento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; 106 de la Carta de la Organización de los Estados Americanos; 41.b de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 18.b del Estatuto de la Comisión y el artículo 8 de la Carta Democrática Interamericana (CDI).

6,8 millones de venezolanos expulsados

Es necesario recordar que, según las cifras más recientes de ACNUR y de la Plataforma de Coordinación Interagencial para Refugiados y Migrantes de Venezuela, actualmente existen más de 6 millones 800 mil migrantes y refugiados venezolanos forzados a huir de su patria.

La cifra representa el éxodo más grande de la humanidad en la época moderna, superando al de Siria y a la par del de Ucrania, dos países donde existen conflictos armados convencionales y guerras.

“La conclusión lógica que se desprende de los informes técnicos que tratan de explicar las razones del masivo éxodo venezolano no es otra que afirmar que las condiciones sociales, económicas, políticas y hasta sanitarias, creadas por el régimen autocrático que encabeza en Venezuela Nicolás Maduro, son las que intencionalmente han expulsado a millones de venezolanos de su país de origen y separado a miles de familias”, reza el documento de Machado introducido ante la CIDH.

Esta grave situación constituye la razón principal de la solicitud, considerando que a estos venezolanos se les viola constantemente su derecho fundamental y convencional al sufragio universal, directo y secreto, y se encuentran en un estado de desamparo, expulsados por la violencia, hambre, persecución y otros males ya descritos, provocados por Maduro y su régimen.

Además –indica el texto- hoy existe en Venezuela la “omisión, inercia y desconocimiento expreso” por parte del sistema electoral venezolano en realizar las reformas que pongan fin a los obstáculos arbitrarios para el ejercicio de los derechos políticos de los venezolanos en el extranjero.

Todo esto, sumado a la ya evidente existencia en Venezuela de un gobierno de facto que usurpa criminalmente la Presidencia y ejerce el control material del poder público nacional, paralelo a un gobierno interino y provisional que ocupa la presidencia legítima desde el año 2018, pero que no tiene la fuerza institucional suficiente para restablecer el orden constitucional vulnerado. (NDP)

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