TSJ avala "constitucionalidad" del uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en Venezuela para control de manifestaciones pacificas
El TSJ avala la constitucionalidad de una norma que viola y pretende estar por encima de la constitución y los tratados de derechos humanos y le otorga plena actuación a la FANB
Redacción
La ONG Acceso a la Justicia alertó que la sala Político Administrativa del TSJ avaló mediante la sentencia 0074 del 29 de abril, la vigencia y constitucionalidad de la resolución 8610 del Ministerio de la Defensa que permite a los efectivos militares el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de las manifestaciones pacíficas.
Dicha resolución fue dictada en enero de 2015 y publicada en la gaceta 40.589, como respuesta a las protestas masivas de 2014. Hoy el TSJ la ratifica y da pie a que sea el ejército y no la policía, la que resguarde el orden público.
La norma viola la constitución en su artículo 68 que establece que la Ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad del Estado y también viola el apartado que rige la intervención del Ejército en manifestaciones públicas.
En resumen, el TSJ avala la constitucionalidad de una norma que viola y pretende estar por encima de la constitución y los tratados de derechos humanos y le otorga plena actuación a la FANB en funciones de control del orden público, paz social y convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones.