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Declaran inadmisible solicitud de avocamiento interpuesta por Raúl Baduel

El Tribunal Supremo de Justicia, a través de la Sala de Casación Penal, argumentó que las partes disponen de los mecanismos ordinarios para realizar peticiones

Nota de prensa

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible la solicitud de avocamiento interpuesta por el defensor privado del ciudadano Raúl Isaías Baduel, en la causa que se le sigue ante el Tribunal Militar Primero de Control con sede en Caracas, por la presunta comisión de los delitos de traición a la patria, tipificado en el artículo 464 numeral 25 y sancionado en el artículo 465 del Código Orgánico de Justicia Militar, e instigación a la rebelión, tipificado en el artículo 481 del mismo Código.

Así lo señala la sentencia N° 011 con ponencia de la vicepresidenta de la Sala de Casación Penal, magistrada Elsa Janeth Gómez Moreno, en la que se indica, entre otros aspectos, que en cuanto a la petición ejercida, concerniente a la revisión de la medida judicial de privación preventiva de libertad, decretada contra Baduel.

La Sala del TSJ ha determinado de manera específica y reiterada que tales pretensiones no pueden ser revisadas por la vía de avocamiento, porque las partes disponen de los mecanismos ordinarios dentro del proceso para presentar dichas alegaciones en las oportunidades que lo consideren procedente, por lo que tal planteamiento acarrea la declaratoria de inadmisibilidad de la solicitud.