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Matheus: Uso de gases tóxicos en manifestaciones está prohibido por la Constitución

“La represión que hemos sufrido en los últimos días es inconstitucional y revela el rostro más autocrático y violento de Nicolás Maduro"

Redacción

Juan Miguel Matheus, diputado a la Asamblea Nacional por el estado Carabobo, ofreció declaraciones a propósito del uso excesivo de la fuerza pública para reprimir las protestas pacíficas que se han desarrollado en los últimos días para exigir elecciones en Venezuela. El miembro de la Dirección Nacional de Primero Justicia exigió respeto al artículo 68 de la Constitución que “garantiza el derecho a la protesta pacífica y prohíbe expresamente el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas”.

Matheus indicó que en Venezuela es inconstitucional utilizar el uso de gases tóxicos y, en caso de que lo fuera:“la Organización de Naciones Unidas ha dictado lineamientos sobre cómo y cuándo deben usarse armas no letales en manifestaciones.

Así, el uso de tales armas, como es el caso de las bombas lacrimógenas, queda sujeto a cuatro condiciones: (i) su ejercicio debe ser sólo excepcional y en proporción con la gravedad del peligro que desea prevenirse; (ii) su uso no podrá derivar en lesiones o amenazas a la vida; (iii) deberá asegurarse la presencia del personal médico necesario para atender a cualquier herido y (iv) deberán implementarse mecanismos que permitan informar, a familiares y amigos, del estado de salud de las personas que puedan verse afectadas”.

“La represión que hemos sufrido en los últimos días es inconstitucional y revela el rostro más autocrático y violento de Nicolás Maduro. El uso de gases ha sido excesivo, no ha habido la presencia de personal médico necesario y la opacidad marca la labor de las fuerzas de seguridad del Estado. Nicolás Maduro y sus represores son violadores de derechos humanos”, precisó.

Para terminar, el líder de Primero Justicia hizo un llamado de conciencia a los miembros de las fuerzas de seguridad del Estado destinados a reprimir a la ciudadanía. “El artículo 29 de la Constitución indica que los delitos de lesa humanidad no prescriben y quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad. La responsabilidad de los crímenes de lesa humanidad es personal. Reflexionen sobre el futuro. Cuando superemos este paréntesis autocrático enfrentarán la justicia y no se podrán esconder en el cumplimiento de órdenes. Revisen su conciencia y no violen los derechos humanos del pueblo que están llamados a proteger”, finalizó.