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Súmate: Votar en las regionales es otra forma de lucha para enfrentar al gobierno

Súmate: Votar en las regionales es otra forma de lucha para enfrentar al gobierno

Súmate afirma que sufragar en las Elecciones de Gobernadores no niega ni sustituye la continuación del ejercicio del derecho a la manifestación consagrado en el artículo 68

Nota de Prensa

Cuando faltan 6 días para las Elecciones Regionales, Súmate exhorta a los venezolanos y extranjeros inscritos en el Registro Electoral a votar este domingo 15 de octubre en cada uno de los 23 estados con derecho a elegir a sus respectivos gobernadores, oportunidad que les permitirá escoger a sus representantes en el poder estadal con el fin de que contribuyan en la medida de sus posibilidades a dar soluciones a sus graves problemas económicos y sociales, dentro de sus áreas de competencias constitucionales y legales.

Súmate afirma que votar en las Elecciones de Gobernadores no niega ni sustituye la continuación del ejercicio del derecho a la manifestación consagrado en el artículo 68 de la Constitución; ya que es otra extraordinaria oportunidad para expresar el descontento y sancionar al gobierno nacional por sus acciones autoritarias y antidemocráticas evidenciadas en la cruel represión en los recientes cuatro meses de protesta nacional, como también por su falta de respuesta a la tragedia que vive el pueblo venezolano por la falta de alimentos, el alto costo de la vida, la ascendente y desenfrenada inflación, la escasez de medicamentos  y la inseguridad.

La ONG también alerta sobre las innumerables irregularidades y omisiones que ha venido cometiendo la mayoría del directorio del Consejo Nacional Electoral (CNE), que tienen como fin incentivar la abstención en estos comicios regionales, lo cual responde a una estrategia para favorecer al partido del gobierno nacional; por lo cual hace el llamado a los electores a ejercer con mayor determinación su derecho al sufragio el próximo domingo 15 de octubre, para lo cual sugiere informarse oportunamente.

Con este propósito, les ofrece en su portal www.sumate.org la Guía para el Elector, entre otros documentos sobre estos comicios regionales. Además, precisa que si los electores están informados y conocen cómo ejercer el voto estarán asegurando que su voluntad no será vulnerada.

Aprovecha para solicitar a los electores verificar sus datos de nombres y apellidos, número de cédula de identidad y centro de votación en el campo “Consulte sus Datos - Registro Electoral” del sitio web del CNE (www.cne.gob.ve), en donde deben ingresar su número de cédula de identidad; información que también pueden obtener llamando al 0800-VOTEMOS (0800-8683667) ó enviando un mensaje de texto con su número de cédula de identidad al número 2637.

A través de estas herramientas, los electores pueden saber si son Miembros de Mesas de Votación, como también ubicar el lugar y el horario de su capacitación. Agrega que los electores seleccionados como Miembros de Mesa en los 23 estados donde habrá elecciones de Gobernadores el domingo 15 de Octubre, están todavía a tiempo para incorporarse como árbitros ciudadanos en cada una de las mesas de votación, ya que pueden acudir al taller de capacitación con duración de dos horas hasta este jueves 12 de octubre. 

Anexo con Irregularidades y omisiones cometidas por el CNE en Elecciones Regionales

Como pruebas de las irregularidades y omisiones cometidas por la mayoría del directorio del CNE, conformada por las cuatro rectoras Tibisay Lucena, Sandra Oblitas,Socorro Hernández y Tania D´Amelio; Súmate menciona entre las más importantes:

1.    La no convocatoria de las Elecciones Regionales que correspondía realizar a más tardar en el mes de diciembre de 2016, fecha en la cual venció el período de cuatro años de los 23 gobernadores y 237 legisladores elegidos el pasado 16 de diciembre de 2012, acorde con lo previsto en los artículos 160 y 162 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

2.    El incumplimiento de su anuncio del 18 de octubre de 2016 de que las Elecciones Regionales las iba a realizar a finales del primer semestre de 2017. Nunca las convocó dentro del lapso anunciado, esgrimiendo como razón durante el primer semestre de 2017 que primero había que cumplir con la obligación de la Renovación de Nóminas de las Organizaciones con Fines Políticos.

3.    El cambio de la fecha de las Elecciones Regionales que el 23 de mayo de 2017 había anunciado para el 10 de diciembre de este año, y que convocó oficialmente el 15 de junio mediante Resolución N° 170615-139 publicada en la Gaceta Electoral N° 851 del 7 de julio de 2017. La decisión de adelantar los comicios regionales se produjo el 12 de agosto de 2017, cuando informó que las realizaría en octubre y solo para elegir a los 23 Gobernadores.

Esta decisión obedeció a razones políticas, en primer lugar para favorecer a la parcialidad política del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) ante el clima de frustración y decepción que albergaba a la mayoría de la población venezolana, que podría conducir a la abstención en estos comicios, luego de que no logrará impedir la celebración de la inconstitucional e ilegal elección de la Asamblea Nacional Constituyente; y segundo, mantener el control de los actuales Consejos Legislativos, para sabotear la futura labor de los nuevos gobernadores que no sean oficialistas.

4.    La amputación de estos comicios regionales con la decisión tomada el 12 de agosto de 2017 de realizar en octubre las elecciones solo para Gobernadores, excluyendo de los mismos la elección de los Legisladores de los Consejos Legislativos Estadales, sin importar que con ella estaba transgrediendo lo dispuesto en el artículo 2, numeral 1, de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estatales y Municipales que establece: “Las elecciones de Gobernador o Gobernadora y Legislador o Legisladora de los Consejos Legislativos de los estados, se convocarán y efectuarán conjuntamente.” 

Con esta decisión volvió a dejar en el limbo la elección de los cargos a Legisladores de los Consejos Legislativos de Estados que debieron ocurrir en diciembre de 2016, incumpliendo lo establecido por los artículos 162 de la Constitución, 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) y el 4 de la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, la primera de estas disposiciones estipula que el período para estos cargos de elección popular estadales es de cuatro (4) años, mientras que las dos últimas disposiciones legales exigen realizar las elecciones en concordancia con los períodos constitucionales y legalmente establecidos, y que no se altere la uniformidad de los períodos constitucionales.

5.    Mantuvo por más de un mes al país en incertidumbre sobre el día en que se realizarían estos comicios. Finalmente cumplió con su obligación constitucional y legal de convocar las Elecciones Regionales el lunes 11 de septiembre en nota prensa publicada en su portal web, estableciendo como fecha para su realización el domingo 15 de octubre de 2017.

6.    Anunció el lunes 11 de septiembre, luego de convocar estos comicios regionales, que el Cronograma Electoral de las actividades correspondientes a la elección convocada para el 15 de octubre sería publicado el 13 de este mes, violando con ello lo dispuesto taxativamente por el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) que obliga hacerlo el mismo día de la convocatoria: “En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley...”

 7.    Aunque convocó oficialmente el lunes 11 de septiembre a las Elecciones de Gobernadores para realizarlas el 15 de octubre; no obstante, el viernes 15 de septiembre fue cuando se conoció la Resolución Nº 170825-234 del 25 de agosto contenida en la Gaceta Electoral Nº 863 de fecha 28 del mismo mes, en la que indica otra fecha de convocatoria de estos comicios, al ubicarla el 25 de agosto; pero en el cronograma publicado el 13 de septiembre coloca como fecha de convocatoria el 26 de agosto. Hay tres fechas de convocatoria de estos comicios, aunque la misma ocurrió realmente el lunes 11 de septiembre, según nota de prensa en el portal web del CNE, a un mes de la realización de estos comicios regionales.

8.    El período para las sustituciones y modificaciones de las postulaciones fue establecido para el 16 de agosto; sin embargo, se conoció apenas el 13 de septiembre, es decir un mes después, cuando fue publicado el pre-cronograma de las actividades para las Elecciones de Gobernadores de octubre, como apéndice del cronograma de los comicios regionales.

Esta decisión mantenida en secreto hasta el 13 de septiembre, violó flagrantemente lo estipulado taxativamente por el artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales  al indicar que: “Las organizaciones postulantes podrán modificar las postulaciones que presenten y, en consecuencia, sustituir candidatos o candidatas hasta diez días antes de ocurrir el acto electoral.

A tales efectos, el Consejo Nacional Electoral tomará las medidas para informar a los electores y las electoras en el ámbito territorial al que corresponda la elección, sobre la modificación o sustitución realizada...” Lo más grave fue que los cinco magistrados de la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) avalaron esta decisión unilateral y mantenida en secreto por el CNE hasta el 13 de septiembre, al resolver en la sentencia Nº 165 del pasado 5 de octubre que: “...la interpretación del artículo 63 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en el sentido que el Consejo Nacional Electoral puede establecer la oportunidad para la ejecución de la fase de sustitución y modificación de las postulaciones nominales, siempre y cuando no exceda el límite máximo temporal de diez días anteriores a la ocurrencia del acto electoral, atendiendo a las particularidades y requerimientos técnicos del proceso electoral de que se trate.” 

Con esta decisión del TSJ, que avala la acción delictiva del CNE, se impide a la oposición sumar los votos que obtengan las tarjetas de los candidatos que perdieron en las primarias del pasado 10 de septiembre a favor del candidato ganador en cada uno de los 19 estados en donde se midieron para escoger al representante de la Unidad para estos comicios.

9.    Acometió en 3 días las actividades de Postulaciones de Candidatos a Gobernadores, las cuales informó el 12 de agosto de 2017, cuando anunció que las Elecciones de Gobernadores serían para octubre. Las mismas fueron realizadas desde el domingo 13 al martes 15 de agosto, cuando inicialmente las había previsto para desarrollarlas en un lapso de un mes en el cronograma de las Regionales del 10 de diciembre (actividades 32, 33 y 34, del 8 de agosto al 13 de septiembre). 

Esta acción fue contraria al tiempo óptimo para su realización, con el fin de que no afecte ninguna de las etapas que son necesarias y de obligatorio cumplimiento, tal como lo prevé el Título V de LOPRE, en sus artículos 43 al 70

El CNE al establecer un lapso de tres días para las postulaciones, buscaba dificultar el consenso dentro de los factores democráticos para escoger al candidato único de la Unidad en cada uno de los 23 estados con derecho a escoger gobernadores. Adicional, la decisión del directorio del CNE de realizar estas actividades sin haber publicado antes el cronograma de estos comicios, violó los artículos 42 y 44 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE). 

Esta última disposición estipula que “Las postulaciones consignadas fuera del lapso previsto en el Cronograma Electoral, serán extemporáneas y se tendrán como no presentadas.”

10.  Conformó y constituyó las Juntas Regionales Electorales para las mutiladas Elecciones Regionales, luego de que el miércoles 16 de agosto informara que el proceso de presentación de postulaciones cerró el martes 15 de este mes con la inscripción de 226 candidatos a gobernadores en los 23 estados.

Estos organismos subalternos de la Junta Nacional Electoral del CNE debieron estar conformados por los electores escogidos en el sorteo público y automatizado del pasado 31 de marzo de 2016, de acuerdo con lo previsto en los artículos 97 y 99 de la LOPRE y artículos 47, 49 al 51 del Reglamento General de la LOPRE

También debe explicar por qué realizó la constitución de las Juntas Regionales Electorales sin antes haber aprobado y publicado el nuevo cronograma para las Elecciones Regionales de octubre, con lo cual cometió la violación de lo dispuesto por el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE): ”…En el acto de convocatoria, se hará público el Cronograma Electoral del respectivo proceso, el cual contendrá las etapas, actos y actuaciones que deberán ser cumplidos de conformidad con lo previsto en esta Ley…” 

11.  Dio a conocer que la actividad de la capacitación e instalación de las Juntas Municipales y Parroquiales sería del lunes 11 al viernes 15 de septiembre; sin embargo, fue el miércoles 13 de septiembre cuando publicó el cronograma de los comicios de gobernadores en el que indica este lapso, es decir, se tuvo conocimiento público del mismo dos días antes de finalizar, omitiendo tres de los cinco días previstos para esta actividad, cercenando así el derecho y la obligación de asumir estas funciones a los electores seleccionados para el cumplimiento del servicio electoral en estos organismos subalternos. 

Adicionalmente, el CNE ejecutó esta actividad sin antes haber notificado “de manera individual y expresa” a los electores escogidos para cumplir el servicio electoral obligatorio en estos organismos subalternos, en clara violación de lo dispuesto por los artículos 99 y 112 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

Además, fue el sábado 16 de septiembre cuando publicó en su portal web (www.cne.gob.ve) las listas de miembros de Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales; lo cual significa que lo hizo un día después de haber finalizado el lapso de cinco días continuos, previsto del lunes 11 al viernes 15, para la capacitación e instalación de las Juntas Electorales Municipales y Parroquiales, según el cronograma de los comicios de gobernadorespublicado el lunes 13 de septiembre.

12.  Impidió que los electores seleccionados en el sorteo del pasado 31 de marzo de 2016 como integrantes principales de las Juntas Municipales y Parroquiales se incorporaran el lunes 18 de septiembre a estos organismos electorales subalternos de la Junta Nacional Electoral (JNE); violando el procedimiento establecido en el artículo 65, parágrafo 2 del Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) que indica que tenían plazo para ello hasta la tercera sesión ordinaria.

13.  Dificultó y no favoreció el crecimiento del Registro Electoral (RE), vulnerando el derecho al  voto en las Elecciones de Gobernadores a más de 1 millón de nuevos electores. 

El crecimiento del RE fue apenas de unos 23 mil electores en dos años, lo cual está soportado en información oficial del propio del CNE, al comparar el corte del RE al 15 de Julio de 2017 publicado en la Resolución N° 170331-202 del pasado 31 de julio de 2017 contenida en LA Gaceta Electoral N° 859 de fecha 1° de agosto de este año, que indica hay 19.854.437 electores (19.526.620 venezolanos dentro del territorio nacional, 101.626 venezolanos inscritos en el exterior y 226.191 extranjeros) con el corte del RE al 24 de julio de 2015 de las Elecciones Parlamentarias de ese año, en el que había 19.830.724 electores (19.504.106 venezolanos dentro del territorio nacional, 101.260 venezolanos inscritos en consulados y embajadas del país en el extranjero y 225.358 extranjeros con más de 10 años de residencia en nuestro país).

De acuerdo con esta comparación el crecimiento del RE fue de 23.713 electores. Esta cifra de crecimiento de unos 23 mil electores disminuye a 6 mil, si se le resta los 17 mil electores eliminados por el CNE en el estado Táchira denunciado recientemente por los técnicos de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD), luego de la auditoría de las máquinas de votación.

Este crecimiento del RE no se corresponde con la realidad, ya que según las proyecciones poblacionales del Instituto Nacional de Estadística (INE) presentadas en 2013 habría 1 millón 93 mil 383 jóvenes con al menos 18 años de edad para el 30 de junio de 2015 y que actualmente no se encuentran inscritos en el RE. Esta cifra aumenta para diciembre de 2017 a un total de 1 millón 369 mil 603 potenciales nuevos electores a quienes el CNE les vulneró el derecho al sufragio, en cuanto no han sido incorporados al RE.

14.  Incumplió su deber de facilitar la inscripción y actualización en el Registro Electoral previo a las Elecciones Regionales, al abrir una Jornada Especial únicamente para la Inscripción en el RE en el lapso de 10 días, del jueves 06 al sábado 15 de julio, y en el supuestamente habilitó 200 puntos para nuevos votantes, según nota de prensa del 4 de julio de este año en su portal web.

El tiempo de 10 días continuos para esta Jornada Especial como el supuesto despliegue de 200 puntos para la Inscripción en el RE y de los cuales nunca se supo su ubicación, fueron insuficientes e ineficaces para garantizar la inscripción de más de un millón de nuevos electores potenciales en edad para votar en las Elecciones de Gobernadores convocadas para realizarlas el domingo 15 de octubre.

El CNE antes de esta elección debió abrir este operativo por lo menos de  enero a julio de este año 2017 con el despliegue de más de 1.600 puntos en todo el país, tal como lo hizo para las Elecciones Parlamentarias de 2015 (así lo indican las notas de prensa del CNE del 03 de febrero de 201504 de marzo de 2015 y 8 de julio 2015), para garantizar a más de un millón de venezolanos en edad para votar ejercer su derecho a participar en los procesos electorales retrasados y por venir.

No cumplió con su obligación legal de seleccionar a los electores que deben asumir el servicio electoral obligatorio durante el año 2017 en las Juntas Regionales, Municipales y Parroquiales, y en las Mesas Electorales, de acuerdo con lo estipulado en los artículos 97 y 98 de la LOPRE, y 50 de la Ley Orgánica del Poder Electoral (LOPE).

Antes de vencerse el lapso para cumplir con esta obligación legal, fue alertado sobre este deber en correspondencia entregada el pasado viernes 24 de marzo de este año a la presidenta de la Junta Nacional Electoral, Rectora Tibisay Lucena, como a sus integrantes Rectora principal Socorro Hernández y Rector Suplente Carlos Quintero.

Asimismo, Súmate advierte que se deben sumar otras irregularidades cometidas antes de la convocatoria de estos comicios regionales, como fueron la prohibición del uso de la tarjeta de la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) en siete estados del país debido a procesos judiciales abiertos en tribunales de esas entidades; y la inhabilitación administrativa por parte de la Contraloría General de la República de algunos aspirantes a candidatos, entre ellos dos de los actuales 3 gobernadoresde la oposición como fueron el del estado Miranda, Henrique Capriles Radonski, y el estado Amazonas, Liborio Guarulla, y la diputada por el circuito 4 del estado Miranda, Adriana D’Elia.

La ONG reitera que si la mayoría de los electores acude a ejercer su derecho al voto y los miembros de mesa y testigos velan para que sea respetada la voluntad popular en cada una de las 30 mil mesas de votación habilitadas para estas Elecciones de Gobernadores el próximo domingo 15 de octubre, se pueden superar los efectos de las irregularidades y omisiones de la cuatro rectoras del CNE y, al mismo tiempo, demostrarle al mundo la verdadera realidad política de Venezuela.

 

 

 

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