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CIDH ratificó injusta represión en contra de dirigentes políticos en Venezuela

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión condenan la ola de amenazas, detenciones, allanamientos y aperturas de procesos penales en contra de miembros de partidos políticos opositores, manifestantes pacíficos y periodistas

Redacción

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), mediante un comunicado, expresó su rechazo ante las injustas detenciones realizadas por parte gobierno de Nicolás Maduro en contra de los dirigentes de Voluntad Popular durante el último mes.

La diputada por la Unidad, Adriana Pichardo, afirmó que “con este pronunciamiento la Corte Interamericana de Derechos Humanos reconoció  las detenciones arbitrarias en contra de los dirigentes de Voluntad Popular en las últimas semanas, en particular a Delson Guarate, Yon Goicoechea, el traslado arbitrario de Daniel Ceballos a la 26 de Julio, la persecución al diputado Lester Toledo y al alcalde de Maturín Warner Jiménez”.

La parlamentaria también se solidarizó con el abogado y director de un medio chileno, Braulio Jatar, quien fue injustamente detenido. La CIDH también reconoció esta detención y por eso reconoce que también hay un ataque a la Libertad de Expresión”.

A continuación comunicado completo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos:

CIDH expresa preocupación por restricciones al ejercicio de derechos fundamentales en Venezuela

 La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión condenan la ola de amenazas, detenciones, allanamientos y aperturas de procesos penales en contra de miembros de partidos políticos opositores, manifestantes pacíficos y periodistas, en el marco de un serie de restricciones al ejercicio de derechos fundamentales impuestas por el gobierno venezolano en contra de quienes expresan su apoyo a la promoción de un referendo revocatorio presidencial. Asimismo, la CIDH lamenta los despidos masivos de funcionarios públicos, presuntamente por haber firmado la solicitud de convocatoria de referendo revocatorio. 

La CIDH expresa además su preocupación por la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual declaró nulas y carentes de vigencia y eficacia jurídica todas las decisiones de la Asamblea General. El 5 de septiembre, se divulgó la sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia que declaró que “resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga el desacato a la Sala Electoral”. El Tribunal sostiene que la Asamblea Nacional se encuentra en desacato por haber juramentado a tres diputados del Estado Amazonas que la Sala Electoral del Tribunal Supremo había ordenado dejar en suspenso mientras investigaba recursos impugnatorios relativos a su elección. 

El sistema interamericano de derechos humanos ha establecido que los ciudadanos tienen el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos por medio de representantes libremente elegidos. En este sentido, la declaración denulidad de todas las decisiones que adopte la Asamblea Nacional, poder del Estado electo por voto popular, podría constituir una restricción indebida al ejercicio de los derechos políticos consagrados en laConvención Americana sobre Derechos Humanos , y producir una seria afectación al funcionamiento del sistema democrático. 

Esta sentencia fue anunciada en un contexto de restricciones a los derechos a la libre circulación, asociación, protesta pacífica y libre expresión en conexión con manifestaciones pacíficas y, particularmente, la marcha nacional convocada para el 1 de septiembre por partidos de oposición y sectores sociales. La manifestación del 1 de septiembre fue convocada en favor de la activación de un referendo revocatorio del mandato del presidente Nicolás Maduro, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 72 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La CIDH recibió información sobre obstáculos al libre tránsito para el ejercicio del derecho a participar en manifestaciones públicas, a través del establecimiento de controles militares, policiales y de inteligencia en las carreteras y vías de acceso a Caracas. 

Asimismo, el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) detuvo a líderes políticos pertenecientes al Partido Voluntad Popular bajo acusaciones de ser los "principales promotores del plan conspirativo" en contra del gobierno. El 26 de julio, un líder del partido Voluntad Popular, Daniel Ceballos, fue trasladado por agentes de Sebin de su arresto domiciliario a una prisión común. El 29 de agosto fue detenido el ex dirigente estudiantil y miembro del partido Voluntad Popular, Yon Goicoechea. El 30 de agosto agentes del cuerpo de inteligencia detuvieron al dirigente del partido Avanzada Progresista, Carlos Melo, cuando se encontraba en la sede del Partido Voluntad Popular en Caracas. El 2 de septiembre fue detenido el alcalde del municipio Mario Briceño Iragorry del estado de Aragua por el partido Voluntad Popular, Delson Guarate. Se les acusa de llevar a cabo planes para “la colocación de artefactos explosivos, tenían en su poder armas y dólares falsos”. Se ha denunciado que las detenciones se realizaron al margen de la ley, acompañadas de incomunicación y malos tratos. 

Según anunció el Ministro de Interior y Justicia, general Gustavo González López, las autoridades están en la búsqueda del diputado por el estado Zulia de Voluntad Popular, Lester Toledo, quien será acusado de delitos de “traición a la patria, sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana”. El Ministro indicó que “las intenciones de golpe se mantienen” en las próximas marchas convocadas por la oposición. Según informaron altos funcionarios estatales, 92 hombres de nacionalidad colombiana fueron capturados en comunidades pobres de Caracas, por supuestamente integrar un “campamento de paramilitares y mercenarios”. Adicionalmente, al menos 81 personas fueron detenidas durante las manifestaciones del 1 de septiembre. Según se informó a la CIDH, algunos detenidos habrían sido liberados sin cargos, mientras que otras serían imputadas y presentadas ante los tribunales. 

Adicionalmente, la CIDH expresa su preocupación por las limitaciones al trabajo periodístico en el marco de la marcha del 1 de septiembre, así como de otras protestas contra el gobierno. Esto incluyó detenciones, amenazas, allanamientos y apertura de procesos penales contra periodistas, la desaparición de un reportero durante 36 horas hasta que se informó que estaba detenido por los servicios de inteligencia, así como la deportación y la negativa de ingreso al país a varios miembros de la prensa internacional. Según se informó, periodistas de medios extranjeros que llegaron a cubrir la marcha del 1 de septiembre fueron deportados, y otros fueron “inadmitidos” al llegar al aeropuerto, y que se lanzaron amenazas contra periodistas y medios que la cubrieron. Adicionalmente, el 3 de septiembre, el periodista Braulio Jatar, director del medio digital Reporte Confidencial, fue detenido por agentes de la policía de inteligencia y su casa fue allanada tras publicar videos sobre una protesta contra el presidente Nicolás Maduro en isla Margarita. Braulio Jatar estuvo 36 horas sin paradero conocido hasta que el Sebin informó que lo tenía detenido, después de lo cual continuó sin que le permitieran tener contacto con familiares ni abogados. Formalmente, el periodista habría sido imputado con el delito de “legitimación de capitales”. 

La CIDH y su Relatoría Especial expresan profunda preocupación por la presunta manipulación del poder punitivo del Estado por parte de actores estatales con el objetivo de controlar, castigar o impedir el ejercicio de los derechos a la libertad de asociación, expresión y participación política de líderes de la oposición venezolana, manifestantes y periodistas. En particular, preocupa que las detenciones realizadas en represalia a expresiones de protesta hayan sido precedidas por declaraciones estigmatizantes por parte de altos funcionarios públicos y que puedan estar basadas en acusaciones falsas o denuncias infundadas. El poder punitivo del Estado no puede ser utilizado como pretexto para limitar derechos fundamentales. Particularmente, el Estado tiene el deber especial de garantizar que los periodistas y comunicadores que se encuentran realizando su labor informativa no sean detenidos, amenazados, agredidos, o limitados en cualquier forma en sus derechos por el simple hecho de estar ejerciendo su profesión. 

Es obligación del Estado respetar y garantizar el derecho de todos los ciudadanos de participar en la vida política de su país, de reunirse en manifestaciones públicas, y de criticar o de oponerse al gobierno, propiciando el fortalecimiento de la democracia y el pluralismo político. 

La CIDH y su Relatoría Especial hacen un llamado al Estado de Venezuela a cesar todas las detenciones que se realicen al margen de la ley, y asegurar que cualquier detención sea llevada a cabo con estricto apego al derecho de la libertad e integridad personal. En particular, insta al Estado a no dar curso a procesos judiciales sin sustento en contra de líderes políticos, periodistas y manifestantes. 

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia”.