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Levy Benshimol, ex presidente del CNP condena sentencia contra editor del Correo del Caroní

Asegura que una vez más el Gobierno a través del Poder judicial, viola la Constitución, esta vez en su artículo 58 relativo al derecho de toda persona a recibir información oportuna y veraz

Con información de nota de prensa

No nos  causa sorpresa, más bien indignación,   cuando una sentencia judicial, por razones de carácter partidista,  pretende   callar la voz del Correo del Caroní, que desde hace  más de 30 años, ha estado y está  al servicio de los más nobles principios  y valores del  pueblo Guayanés.

La apreciación corresponde a Levy Benshimol, expresidente del Colegio Nacional de Periodistas, quien califica de nefasta la medida.  

¨Esa  nefasta sentencia  judicial,  va contra la Constitución- Como  lo pauta el artículo  58 de la Constitución, al   expresar  tácitamente:  ”Toda persona tiene derecho a la información oportuna, veraz e  imparcial, sin  censura de acuerdo a los principios de esta Constitución..”

Estima que la  sentencia dada en contra del Presidente  Editor y Director del Correo del Caroní, David Natera,  crea  limitaciones, presiones,  intimidaciones, temores,  no solo ese diario en particular,    sino  que embosca a todos los medios de comunicación social, que como principio fundamental tienen la obligación, el deber y el derecho de informar, sin ningún tipo de censura, ni auto censura.

"Lamentable,  es  esa perjudicial sentencia judicial,  en un  país cuyas autoridades presumen de tener una democracia participativa y protagónica,   y  que se le aplique a  un editor y director de un medio de comunicación impreso un fallo de esa  naturaleza, por el solo delito de informar al pueblo, sobre una situación de corrupción   que afectaba  no solo los interés del pueblo guayanés, sino los intereses  de todo los venezolanos".

Observa  Sabido es que todo medio de comunicación social, tienen por Políticas Públicas editoriales , informativas  y de opinión, el investigar y denunciar todo hecho de corrupción y es obligación  de   los organismo oficiales competentes el indagar, averiguar y pone en claro tal hecho,  y a el medio de comunicación social  es un infórmate público, que debe  velar por el bien común de la sociedad, por lo tanto negarle esos principios de investigar,  informar y opinar, a un medio de comunicación social es ir contra de la Constitución de la República de Venezuela, en sus artículos 57 y 58.  Finalizó expresándolo el expresidente del Colegio Nacional de Periodista Lic, Levy Benshimol.