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La bonificación de fin de año para los trabajadores públicos será en dos tandas

El decreto establece que el cálculo para el pago de las utilidades será sobre la base del sueldo integral que devengaba el trabajador para el 1° de noviembre del año 2016

Evely Orta

De acuerdo a la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.270, de fecha 31 de octubre y que circuló este miércoles, el pago de las utilidades para los empleados públicosse hará en dos tandas: el 15 de noviembre y el 1° de diciembre.

Destaca el texto legal el 15 de noviembre se realizará el pago de las 2/3 partes de la bonificación y el restante se hará el 1° de diciembre. 

El documento también precisa que de ninguna manera las autoridades de algún órgano público puedan realizar erogaciones que excedan la bonificación de fin de año que cita el decreto, así como tampoco cancelar montos adicionales que generen un aumento del mismo. 

El decreto establece que el cálculo para el pago de las utilidades será sobre la base del sueldo integral que devengaba el trabajador para el 1° de noviembre del año 2016.

Para los pensionados y jubilados -incluidos a los que recibieron la pensión a partir del 1° de noviembre- también recibirán una bonificación de 105 días, calculados a una cantidad no menor de 27.092,10 bolívares.