En Gaceta Oficial Decreto de transferencia de saldos 2015 al Fonden
El texto legal señala además que serán asignados a los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, los recursos suficientes para la ejecución de los programas y proyectos destinados a atender las necesidades de la población
Evely Orta
Los saldos líquidos y no líquidos no causados al cierre del ejercicio económico financiero 2015, se transferirán al Fondo de Desarrollo Nacional (Fonden), según el Decreto 2.185 publicado en la Gaceta Oficial número 40.829, con fecha 15 de enero de 2016.
El artículo 1 del Decreto establece que dicha transferencia se hace a los fines de “atender las necesidades sociales económicas, productivas y de proyectos de infraestructura y servicios de la población venezolana enmarcados en el Plan de la Patria. A tales efectos, se garantizará la continuidad de las misiones y las grandes misiones sociales, el financiamiento para la recuperación del aparato productivo, el abastecimiento de alimentos y demás productos esenciales para el bienestar colectivo”.
El texto legal también indica que la afectación de estos recursos la efectuará el Fonden con la instrucción del Presidente de la República. Señala además que serán asignados a los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, los recursos suficientes para la ejecución de los programas y proyectos destinados a atender las necesidades de la población.
El artículo 5 específica que los ministros deberán presentar a la vicepresidencia sectorial de planificación, en un lapso no mayor a cinco (5) días a partir de la entrada en vigencia del Decreto, los programas y proyectos prioritarios para atender la Emergencia económica y que puedan financiarse con las economías presupuestarias del ejercicio económico financiero 2015.