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Instan a electores a verificar sus datos en el RE Preliminar a partir del 24 de Julio

Si encuentran errores deben solicitar sus correcciones del 25 de julio al 8 de agosto

Con nota de prensa

Los electores que encuentren errores en la información de sus datos en el RE Preliminar que pudieran impedir su derecho a ejercer el voto en los próximos comicios legislativos del 6D, como el que se hayan inscrito y no aparezcan incorporados en el padrón de votantes, que estando inscritos previamente fueron excluidos o migrados de su centro de votación sin su consentimiento, o que encuentren errores en sus nombres, apellidos o fecha de nacimiento; deben solicitar la corrección o subsanación de estas y otras situaciones irregulares a partir del sábado 25 de julio hasta el sábado 8 de agosto, ambas fechas inclusive, período abierto por el CNE para la impugnación al RE Preliminar.

Es necesario un punto en cada uno de los 335 municipios para impugnar al RE Preliminar

Esta ONG exhorta a los rectores del CNE prever para el período de Impugnación al Registro Electoral Preliminar facilidades logísticas y de movilización. Sugieren que por lo menos deben establecer un punto o centro en cada uno de los 335 municipios del país durante los 15 días correspondientes a este lapso que va del sábado 25 de julio al sábado 8 de agosto, para recibir a los electores que requieran corrección de errores en sus datos o la inclusión en esta base de votantes; así como proporcionar y garantizar la disponibilidad de la información, de los equipos y de los materiales requeridos para los referidos trámites.

CNE debe informar si en fines de semana estarán abiertos los centros para corrección del RE

Súmate solicita a los rectores informar cuanto antes si los fines de semana del 25 y 26 de julio, 1 y 2 y sábado 8 de agosto están incluidos en este período de Impugnación al RE Preliminar; porque en el caso contrario el CNE incumpliría con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de Procesos Administrativos (LOPA), el cual expresa que al no especificarse como “continuos” los 15 días indicados en el artículo 37 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) para impugnar al RE Preliminar, éstos deben interpretarse como días hábiles, es decir, que deben laborar en los mismos.

Artículo 37 de la LOPRE: “El Registro Electoral Preliminar podrá ser impugnado ante la Comisión de Registro Civil y Electoral o en la Oficina Regional Electoral de la entidad correspondiente, dentro de los quince días siguientes a su publicación, por las causales previstas en la presente Ley…”

 Familiares de electores difuntos pueden retirar fallecidos del RE Preliminar

En este período de Impugnación al Registro Electoral Preliminar de las Parlamentarias 6D, los familiares de los electores difuntos pueden verificar si éstos ya fueron desincorporados del RE. En el caso contrario deben cumplir con elprocedimiento establecido por el CNE para retirarlos del Registro Electoral, que les exige consignar el acta original de defunción y copia de está, como también copia de la cédula de identidad del fallecido u otro documento que identifique al fallecido, acompañada de la Planilla de Reclamos y Registro de Fallecidos del CNE. Esta planilla está disponible en elenlace “Registro Electoral” del sitio web del CNE, y en las sedes de las 24 Oficinas Regionales Electorales del CNE, ubicadas en las capitales de cada estado del país.

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