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Fuerza letal autorizada alarma a la oposición

Foto: Archivo

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) reacciona ante la resolución que permite reprimir protestas usando la fuerza "potencialmente mortal"

Caracas. Evely Orta

La Mesa de la Unidad Democrática (MUD) pidió revisar una resolución del Ministerio de la Defensa en la que se indica que las fuerzas armadas podrán aplicar el "método del uso de la fuerza potencialmente mortal" durante manifestaciones, cuando la situación lo requiera.

La vocera de la MUD, Delsa Solórzano, informó que el próximo lunes una comisión de esta coalición acudirá al Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, para solicitar la anulación de la resolución que consideran inconstitucional, gestión que también realizará ante organismos internacionales.

"También iremos a las Naciones Unidas, a la ONU, y a donde tengamos que ir para mostrar nuestro rechazo a la aplicación de esta resolución", afirmó Solórzano a medios nacionales e internacionales.

Solórzano, coordinadora del Comité de Derechos Humanos de la MUD, acusó al ministro de Defensa, Vladimir Padrino López, de pasar por encima del Parlamento al realizar esta resolución, que viola los derechos fundamentales del ciudadano.

Por su parte, el diputado de la Unidad Miguel Pizarro señaló que "el uso de armas letales en manifestaciones está prohibido" por la Constitución y "ninguna resolución puede estar por encima de esto".

La presidenta de la ONG Control Ciudadano, Rocío San Miguel, dijo a través de su cuenta oficial de Twitter que "las reglas de enfrentamiento para el uso de la fuerza mortal por parte de efectivos militares en la Resolución MD 8610 son ambiguas y subjetivas".

La resolución, ya publicada en la Gaceta Oficial, establece las "normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en funciones de control de orden público, la paz social y la convivencia ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones".

El escrito oficial ofrece una explicación dirigida a los funcionarios de orden público sobre cómo hacer el "uso progresivo y diferenciado de la fuerza" y ubican en último lugar la aplicación "del método del uso de la fuerza potencialmente mortal bien con el arma de fuego o con otra arma potencialmente mortal".

Se indica en otro punto, sin embargo, que los funcionarios policiales "no portarán ni usarán armas de fuego en el control de reuniones públicas y manifestaciones pacíficas, a menos que, por la necesidad y proporcionalidad de los medios empleados para contrarrestarla sea necesario su porte y uso".

El artículo 68 de la Constitución venezolana señala que "se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas".

El mismo artículo añade que "la ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público".