Jubilados y pensionados deberán declarar ISLR
El impuesto se puede declarar hasta el 31 de marzo, solo de manera electrónica a través de la página web del Seniat
Caracas. Evely Orta
Todo ciudadano está obligado a declarar el Impuesto Sobre la Renta (ISLR) si sus ingresos conjuntos por pensión y jubilación superen las mil unidades tributarias.
Así lo recordó el superintendente del Servicio Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), José David Cabello, al hacer referencia a que los pensionados y jubilados están obligados a declarar el Impuesto sobre la renta correspondiente al año 2014.
Sin embargo explicó a través de su cuenta de Twitter: “Les recuerdo a las personas que devengan pensión y jubilación, si la suma de ambas es menor a mil UT , no están obligadas a declarar ni pagar; pero si la cifra es superior a las mil UT, deben hacer la declaración”.
Informó que dichos ingresos se consideran renta exenta, por lo que no pagarán ISLR, aunque aclaró que “en caso de que la suma supere los 127 mil Bs, debe declarar la pensión y jubilación como renta exenta, y los otros ingresos como renta gravada”.
Cabello advirtió que a partir del 1 de abril se comenzará a hacer fiscalizaciones, auditorías y revisión de los contribuyentes.
El ISLR se puede declarar hasta el 31 de marzo, un día antes de la fecha anunciada por el superintendente del Seniat.
Pidió a los patronos, públicos y privados, que emitan con brevedad los comprobantes de retención “para que sus empleados puedan realizar la respectiva declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2014”.
Destacó que la declaración solo se puede realizar de manera electrónica a través de la página web del Seniat.
“De no realizarla de esta manera el contribuyente acarreará una sanción de 5 a 25 UT, tal y como lo establece el (COT)”, finalizó Cabello. La Unidad Tributaria vigente para la declaración del ISLR de 127 bolívares.