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TSJ interviene por segunda vez el partido Primero Justicia

TSJ interviene por segunda vez el partido Primero Justicia

La Sala Constitucional del TSJ ordenó nuevamente el nombramiento de una junta directiva ad hoc presidida por Luis Brito

Con información de EFE

Caracas, 22 abr (EFE).- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela intervino este lunes, por segunda vez en menos de cuatro años, el partido opositor Primero Justicia (PJ), en respuesta a una solicitud del diputado José Brito, candidato a las presidenciales del próximo 28 de julio.

La Sala Constitucional del TSJ ordenó nuevamente el nombramiento de una junta directiva ad hoc presidida por Brito, a quien autorizó para el uso de la tarjeta y los símbolos del PJ en los procesos electorales, sin que quede claro si el diputado podrá emplear este logo en los comicios de julio.

"Se ordena al Consejo Nacional Electoral (CNE), de manera provisoria, abstenerse de aceptar cualquier postulación para procesos electorales que no sea acordada, conforme a los procedimientos de rigor, por la junta directiva ad hoc", indica la decisión, publicada en la página web del Supremo.

De este modo, el TSJ prohibió "enajenar y gravar sobre los bienes" de esta organización política, que forma parte de la principal coalición opositora, la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), cuyo candidato a las presidenciales es Edmundo González Urrutia.

Aunque el logo de PJ no figura en la boleta electoral, el partido -que expulsó a Brito de sus filas en 2020 ante señalamientos de presunta corrupción- apoya públicamente la candidatura de coalición ya inscrita por la PUD, con la que esperan sacar del poder a Nicolás Maduro, que buscará una segunda reelección.

Tanto PJ como todos los miembros del bloque opositor ven a Brito, un crítico de la PUD, como colaboracionista del chavismo.

El TSJ ordenó al diputado llevar adelante un "proceso de reestructuración necesario" del partido, que incluirá la designación de autoridades en las regiones y la organización de una consulta interna "para la necesaria actualización y modificación de los estatutos de la organización a los fines de su adecuación".

"Queda facultada la junta Directiva ad hoc para ejecutar los actos de simple administración y mantenimiento de las instalaciones, hasta que se decida el fondo de la presente causa", concluyó el alto tribunal.

El pasado 15 de marzo, Brito pidió al TSJ aclarar el "limbo" jurídico en el que considera que se encontraba PJ, tras recordar que, en junio de 2020, el TSJ intervino la formación y lo nombró a él como líder de una junta directiva ad hoc, una decisión que el alto tribunal suspendió tres meses más tarde. EFE

(c) Agencia EFE

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